Imagen publicada el 28 de septiembre en la cuenta de Facebook de la diputada.

Políticos violan medidas sanitarias contra la pandemia

Zacarías Cervantes

En la foto, el colorido huipil de hechura artesanal contrasta con las botas y la chamarra de piel negra que porta la diputada Norma Otilia, en perfecta combinación con el negro del cubrebocas. La palma de su mano derecha saluda a la cámara en medio de unas cincuenta jovencitas con rasgos indígenas apretujadas en torno a ella, que, a diferencia de la legisladora, no llevan la mascarilla. Algunas fingen una leve sonrisa.

La diputada local de Morena, en cambio, parece feliz. Sería la foto perfecta para la campaña, si no se vivieran tiempos de una agresiva y mortal pandemia.

La imagen y la nota circularon en las redes sociales la semana pasada: «Norma Otilia: protagonismo e irresponsabilidad ante el Covid 19»… «Pese a restricciones por la pandemia, diputada de Morena organiza eventos masivos»… «¡Le valió el semáforo naranja!, diputada realiza gira y amontona a decenas de personas», se leyó en algunas de las notas periodísticas que aparecieron en los portales el 1 y el 2 de octubre.

Más allá de la irresponsabilidad de la diputada local Norma Otilia Hernández Martínez, la imagen resalta la insensibilidad de la representante popular. El escenario es una cancha de básquetbol de la comunidad de El Fresno, ubicada en la sierra del municipio de Chilpancingo, y las que posan parecen jovencitas de entre quince y veinte años, que se juntan unas con otras, sin el cuidado de la sana distancia y ninguna con el indispensable cubrebocas, medidas recomendables para evitar el contagio del Covid-19.

En otra de las imágenes que ilustran la denuncia, aparecen niños y adultos mayores, igualmente desprotegidos. No así Hernández Martínez.

Fue la propia diputada quien difundió las fotografías y videos de su visita en la zona rural del municipio de Chilpancingo, en donde, de acuerdo a las notas de prensa, la aspirante a la presidencia municipal de Chilpancingo, «abrazó a niños y bailó al ritmo de la banda de chile frito ahí presente, y abrazó también a adultos mayores».

Dos días antes de la visita de la diputada a las comunidades de la sierra de Chilpancingo, el 29 de septiembre, el secretario de Salud estatal, Carlos de la Peña Pintos, alertó que en las últimas veinticuatro horas le reportaron once defunciones por la pandemia, de las cuales ocho fueron personas mayores de sesenta y cinco años.

Recriminó: «Son (los que fallecen) personas adultas, que no son los que van a los bares o antros. Los que van son los jóvenes, que luego llegan a sus casas e irresponsablemente contagian a sus padres o abuelos».

Señaló que indudablemente son los jóvenes los que no cumplen con las indicaciones de las autoridades.

Informó que en septiembre sumaban ciento ochenta defunciones y que el 67% de ellos son mayores de sesenta y cinco años, y que, además, son los que más se hospitalizan.

Al día siguiente, el 30 de septiembre, De la Peña detalló que las defunciones siguen aumentando y que del 21 al 29 de septiembre hubo más de once defunciones por día, y que el promedio en todo septiembre fue de 9.6 decesos por día.

De acuerdo con los reportes que tiene la Secretaría de Salud estatal, en septiembre hubo un total de doscientos ochenta defunciones, aunque de ellas solamente ciento noventa habían sido subidas a la plataforma de la Secretaría de Salud federal, y noventa aún no habían sido dictaminadas.

Mientras tanto, en los primeros días de octubre, los pacientes hospitalizados fluctuaban entre los doscientos cuarenta y los doscientos cincuenta en los distintos hospitales que atienden los casos del Covid-19, de acuerdo a las cifras de las secretarías de Salud estatal y federal y la cifra de los intubados en estado crítico eran de entre cuarenta a cincuenta.

Del total de las ochocientas camas Covid en los hospitales de la entidad, había un 30% ocupadas, y la entidad se situó en estos tres primeros días del mes el quinto lugar nacional, con el 36% en ocupación de camas; mientras que en camas con pacientes intubados era del 19% y ocupaba el lugar 21.

«Quiero insistir, no acudan a los antros y bares que funcionan en lugares cerrados», dijo el 30 de septiembre el secretario de Salud estatal, porque insistió que es allí donde se contagian los jóvenes, «que luego van a transmitir la enfermedad a los adultos mayores».

Sin embargo, en las gráficas difundidas por la diputada Norma Otilia, se aprecia que la irresponsabilidad no solamente está en los jóvenes que frecuentan los bares, antros o cantinas y luego van y contagian a sus familiares adultos, que son los más vulnerables en esta pandemia. Está también en la clase política que no le interesa más que avanzar en sus aspiraciones personales, sin importarles la salud de sus representados.

El caso de la diputada Hernández no es el único. Las concentraciones masivas y sin las medidas sanitarias recomendadas por las autoridades de quienes aspiran a los distintos cargos públicos de todos los partidos comienzan intensificarse subrepticia y públicamente con el respaldo de las autoridades electorales que determinaron no modificar el calendario electoral a pesar de la pandemia.

Otro aspirante a la presidencia municipal de Chilpancingo que no solo encabeza reuniones, sino que aprovecha la situación de la pandemia para promoverse, es el diputado Servando de Jesús Salgado Guzmán, también del Morena.

Entre los últimos días de septiembre y los primeros de octubre se reunió con comerciantes de los mercados y transportistas de la capital con quienes puso en marcha la campaña «Consume lo nuestro»; de paso, distribuyó cinco mil paquetes de cubrebocas, gel antibacterial y alcohol.

«Preocupado por la economía local», dijo en una de las reuniones que encabezó en el mercado Baltasar R. Leyva Mancilla, a la que convocó a algunos reporteros.

Con base al derecho a la salud de las personas, garantizado constitucionalmente, y el derecho a la vida misma, lo más importante debería ser la salud de los electores, y siempre debería ponderarse como elemento prioritario, pero el organismo electoral priorizó el interés político-electoral de los partidos.

En Guerrero, a diferencia de otras entidades, no se ha conocido ningún protocolo del Instituto Electoral de Participación Ciudadana (IEPC) para que los involucrados en las campañas electorales se protejan y cuiden de sí mismos y de sus familias.

Tampoco, como institución pública cuyas responsabilidades consisten en propiciar la participación ciudadana, ha desarrollado políticas para mejorar el sentido de responsabilidad, seguridad, así como la corresponsabilidad en el cuidado de la salud.

Si bien las cifras de la pandemia han disminuido en comparación con los casos confirmados en junio y julio, la pandemia sigue y hay la amenaza de un rebrote, por consecuencia es necesario la elaboración de un protocolo de seguridad sanitaria exclusivo para las campañas electorales con reglas obligatorias para los actores políticos hasta que la emergencia sanitaria provocada por el Covid-19 sea superada y cuando las disposiciones de las autoridades competentes así lo determinen.

Sin embargo, no se vislumbra la intervención de ninguna autoridad.

El mismo gobernador Héctor Astudillo Flores declaró el pasado 9 de septiembre que en estas campañas, cada candidato será responsable de las medidas de prevención en sus concentraciones.

Aunque reconoció que estas campañas van a estar marcadas por el Covid-19 y que muchas de las cosas que se podían hacer, ya no se van a hacer, no se comprometió en defender el derecho a la salud de los ciudadanos que acudan a las concentraciones.

“Vamos a ver cuántos (candidatos) van a ir tratando de evitar el contagio”, declaró a pregunta de un reportero.

Agregó que él no propone que no hagan acciones, pero que será responsabilidad de cada candidato.”Que cada quien sea responsable frente al pueblo de lo que hace”, dijo evadiendo su responsabilidad como presidente del Consejo Estatal de Salud que se instaló en sesión permanente el 17 de marzo pasado para dar seguimiento al operativo sanitario y reforzar la difusión de medidas preventivas del Covid-19.

Iguala. Otra vez el horror.
[Foto: Redes Sociales]

Se recrudece la violencia en Iguala

Eduardo Yener Santos

La violencia generada en la zona Norte de Guerrero por disputas entre grupos delictivos se recrudeció entre los meses de septiembre y octubre. Tan solo este fin de semana, se reportaron seis asesinatos en menos de veinticuatro horas.

Entre el viernes 9 y sábado 10 de octubre, se registraron más de siete hechos violentos en Iguala y Huitzuco que dejaron cinco muertos, además de otros hechos violentos y homicidios que se dieron en la semana.

Los asesinatos en Iguala se cometen ya sea con balaceras en la vía pública, o mediante asaltos a viviendas particulares. En ambos casos, dejan un cuadro de horror de cuerpos cocidos a balazos, desmembrados, encobijados y con mensajes de la delincuencia organizada.

La violencia en Iguala no cesa desde más de seis años. Pero después de los hechos del 26 de septiembre de 2014, cuando un grupo armado, junto con policías municipales de Iguala, Huitzuco y Cocula atacaron a normalistas de Ayotzinapa y desaparecieron a 43, los nexos entre grupos del narcotráfico y los gobiernos locales de la zona se hicieron visibles.

Posteriormente, se vino el desmantelamiento del grupo criminal Guerreros Unidos, que tenía el control de la región Norte del estado, y surgieron más células delictivas que hasta la fecha mantiene una disputa por el control del territorio.

Este año, debido a la pandemia del Covid-19, los gobiernos municipales implementaron medidas para el confinamiento social; pero en Iguala no solo actuó el ayuntamiento presidido por el morenista Antonio Jaimes Herrera, sino también la llamada delincuencia organizada.

En la última semana de abril, en esa ciudad de la región Norte, aparecieron narcomantas con la amenaza de un grupo delictivo, en el sentido de que «levantará» a quienes no cumplan con las medidas de confinamiento recomendadas ante la emergencia sanitaria por la pandemia del coronavirus.

Desde febrero, el subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación, Alejandro Encinas Rodríguez, ya había reconocido que la violencia estaba recrudeciéndose en Iguala. Durante una visita que hizo a esta ciudad, declaró a reporteros locales que lo entrevistaron, que la violencia desatada en la histórica ciudad y municipios colindantes, «obedece a una recomposición de los grupos delictivos, la disputa de la plaza». La declaración la hizo a reporteros de Iguala durante una visita que efectuó a esa ciudad.

 

 

Los hechos

 

Entre el viernes 10 y el sábado 11 de octubre, en  Iguala se contabilizaron seis asesinatos. Alrededor de las nueve de la noche del viernes, en la colonia Castrejón fue localizado el cuerpo sin vida de un repartidor de tortillas y pollo, de unos veinticinco años de edad, asesinado a balazos.

Alrededor de las tres de la mañana del sábado,  en el  bulevar Heroico Colegio Militar, cerca del Ministerio Público, se localizó un cuerpo desmembrado y con un mensaje de la delincuencia.

A las diez de la mañana de ese mismo día, se halló un hombre asesinado en la entrada de la comunidad de San Vicente Palala, municipio de Tepecoacuilco, a unos diez kilómetros al sur de Iguala, cerca del poblado de Rancho del Cura. Dos horas después, a las doce, un hombre llamado Carlos fue asesinado a balazos en su tienda, ubicada en la calle Galeana, del centro de Iguala. Alrededor de las dos de la tarde, el conductor de una combi del transporte público fue asesinado en la avenida Riva Palacio, en la salida a Taxco, frente a su esposa y su hijo. A las nueve de la noche, un hombre de unos treinta años fue asesinado a balazos cuando circulaba en una motocicleta en la calle Ensenada, de la colonia Unidos por Guerrero.

En total, el sábado 10 se contabilizaron seis asesinatos.

Antes, el miércoles 7 de octubre a eso de las ocho y media de la mañana, un recolector de basura de unos cincuenta años de edad fue asesinado a una cuadra del mercado municipal Adrián Castrejón, de la colonia 20 de Noviembre. Junto a su cuerpo sin vida, se hallaba una cartulina con un mensaje de la delincuencia.

El jueves 8 por la tarde, un joven que trabajaba estacionado vehículos en el estacionamiento del Tianguis de  Iguala, fue asesinado a balazos.

La policía reportó que con este asesinato, se acumulaban once en ese lugar durante este año.

El 29 de septiembre, fueron asesinados en Iguala dos empresarios locales de la región Norte. Alrededor de las tres de la tarde, el empresario de Igromex Abel Gutiérrez Oregón fue asesinado a balazos dentro de un vehículo estacionado afuera de un gimnasio del centro de la ciudad. Dos horas más tarde, el propietario de un restaurante de Tuxpan, municipio de Iguala, fue asesinado a balazos.

 

 

Los grupos delictivos

 

La Fiscalía General del Estado ha reconocido que la violencia en la zona Norte de Guerrero se debe a la disputa entre grupos delictivos en esa región, pero no apunta específicamente quiénes son y qué se hace desde el gobierno para combatirlos.

Fuentes de seguridad han revelado de manera extraoficial, que uno de estos grupos son los identificados como Los Tlacos, establecidos en la sierra de Guerrero. El grupo identificado como La Bandera, que es una escisión de Guerreros Unidos, también disputa el corredor que conecta los municipios de Teloloapan, Iguala, Taxco, Cocula, Huitzuco y Cuetzala del Progreso.

 

 

Las víctimas

 

En los primeros minutos del 2 de agosto, en Iguala también fue asesinado el director de la página de Facebook PM Noticias, Pablo Morrugares Parraguirre, a pesar de contar con medidas cautelares del Mecanismo de Protección para Defensores de Derechos Humanos y Periodistas de la Secretaría de Gobernación. Junto a él, asesinaron a su escolta, un elemento de la Policía Estatal, al que el Mecanismo había comisionado para su seguridad. Los dos asesinatos se cometieron en el videobar Búfalos, en la zona de bares de la calle Juan Aldama del centro de la ciudad.

Dos días después de este crimen, es decir el martes 4 de agosto, la fachada de las oficinas del Diario de Iguala fue blanco de una ráfaga de balazos. Tras el ataque, el medio local difundió un comunicado en el que señaló que en sus treinta y dos años de existencia «nunca había sufrido atentado alguno» y aclaró que ese medio no publica nota roja o policiaca, pero por la crisis se ha visto en la necesidad de imprimir otros periódicos, precisando que «lo que publican (otros periódicos) es responsabilidad de ellos y no de quien maquila (...) por lo que nos sorprende este tipo de atentados al Diario de Iguala».

Alejandro Karin. Cuestionamientos.
[Foto: captura de pantalla]

El derecho a la consulta de pueblos indígenas y afromexicanos, un derecho contrahegemónico: Alejandro Karin

Eduardo Añorve

Ante unos trescientos espectadores virtuales, Alejandro Karin plantea algunos cuestionamientos, más que respuestas, relacionados con el derecho a consulta de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, y se basa en tres puntos: cuándo debe realizarse la consulta, la evolución del derecho de consulta y la definición del objeto de la consulta.

Esta alocución es parte de su ponencia en la sesión de un diplomado en derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos organizado por la CNDH, la UNAM y otras instancias académicas y de defensa de derechos humanos, referida al derecho de consulta, realizada el viernes 2 de octubre y transmitida por redes sociales.

 

 

El derecho a la consulta, sin protocolo general

 

En principio, este especialista hace un recuento de los intentos por establecer un protocolo oficial para la implementación del derecho a la consulta en México: «En el caso de México, se han hecho esfuerzos por regular el protocolo. En 2013 hay un protocolo para la implementación de consultas a pueblos y comunidades indígenas de conformidad con los estándares del Convenio 169 de la OIT, realizado por la CDI. Fue resultado de una consulta a comunidades indígenas, en las cuales se intenta poner el protocolo que deberían llevar las consultas; lamentablemente no se concretó de manera suficiente para convertirse en ley.

»En el mes de junio, el 29 de junio exactamente, la Suprema Corte de Justicia, en respuesta a un amparo, resuelve solicitarle a la Cámara de Diputados que se legisle sobre el derecho a la consulta y se genere una ley general. También hay una recomendación general, de la CNDH, la recomendación general número 27 de del 2016, que enfatiza la urgencia de atender este tema en México, porque, si bien, hay leyes que refieren esta obligación en algunos estados como Durango, San Luis y, recientemente, Oaxaca, que tienen leyes específicas en la materia, aún sigue quedando muy ambiguo a qué se refiere la implementación concreta del derecho a la consulta».

 

 

Derecho a la consulta: parcial, para el Estado; total, para las comunidades

 

Una primera disyuntiva –propone Karin Pedraza– en el caso del derecho a la consulta libre, previa e informada de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos, reside en que las instituciones del Estado tienden a verla como una mera recolección de la opinión de aquellos, en tanto que aquellos han estado yendo hacia la exigencia de la consulta como obligatoria para ejecutar megaproyectos, y para no limitarse a éstos, sino a todo lo que afecte su vida colectiva.

«Sobre esta idea, el primer punto que me interesa atender es que se ha dicho reiteradamente que el derecho a la consulta no es un derecho de veto. Y esto nos lleva a dos grandes preguntas: por un lado, el tema a consultar. Digamos que el derecho a la consulta tiene que pensarse a través de dos grandes preguntas: ¿Quién tiene derecho a decidir sobre qué y bajo qué circunstancias? y ¿en qué consiste este proceso de consulta o cuál es su importancia?

»Referente a la primera cosa, a lo que se debe consultar, la CDI… y eso me parece bastante preocupante… enfatiza de manera muy reiterada que solo se debe consultar cuando hay impactos significativos a la forma de vida de las comunidades indígenas. Esto me parece preocupante porque el estándar internacional dice que se debe consultar todo aquello que permita preservar o ponga en duda la preservación de la integridad étnica, social, económica y cultural de las comunidades indígenas para, de este modo, asegurar la subsistencia como grupo social.

»A los documentos que contienen el derecho a la consulta, como el Convenio 169 y la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas, habría que agregar la Declaración Americana de los Derechos de los Pueblos Indígenas que, en su conjunto, dicen que se debe consultar no solo el uso del territorio y los proyectos extractivos y megaproyectos, sino también proyectos tales como educación y formación profesional, el uso de los recursos naturales, el uso de las tierras, el uso de los territorios para uso militar, programas para prevenir la discriminación y promover la tolerancia, la protección de los derechos de los niños, el derecho a participar en la delimitación de sus proyectos de desarrollo, la salud intercultural, el derecho a mantener, usar y acceder al patrimonio cultural, entre otras cosas, porque esta enunciación no es restrictiva, sino solamente orientativa, lo que quiere decir que puede ser ampliada a todos aquellos que sean reclamados como interés legítimo por parte de las comunidades.

»Y es importante esta referencia a solo lo de los impactos significativos por una realidad muy sencilla que es de práctica: en la práctica cotidiana, el derecho de consulta se ha hecho evidente, se ha hecho patente cuando existen conflictos graves que ponen en riesgo la subsistencia de la comunidad, como son los ya mencionados megaproyectos. Recordemos que, en el contexto actual en el que nos encontramos, en esta fase del capitalismo (que se caracteriza por el despojo, por un proceso de desposesión y despojo) las comunidades indígenas están viendo permanentemente asoladas por la violencia que les imponen estos proyectos extractivos y ven en el derecho a la consulta una manera de protegerse».

 

 

El derecho a la consulta, una propuesta de derecho contrahegemónico

 

Así, explica Pedraza Ramos, la lucha de las comunidades ha transitado del derecho institucional a un derecho contrahegemónico: «El derecho a la consulta, en ese sentido, ha sufrido una suerte de evolución, que ha pasado de este simple levantamiento de opiniones hasta una exigencia del consentimiento. Y esto parece que es muy rico, como una propuesta de derecho contrahegemónico, que sirve para empoderar y para hacer efectiva la autonomía y autodeterminación de los pueblos indígenas; sin embargo, esta idea se ve con ciertas limitaciones: el derecho a la consulta se encuentra reconocido en la mayoría de los países latinoamericanos, tanto dentro de las constituciones, como dentro de los documentos a los cuales obligan a los Estados, como es el Convenio 169. México lo incluye, de manera implícita, dentro del artículo segundo, en su apartado B, en el inciso IX, cuando dice que es obligación consultar a los pueblos indígenas en la elaboración del Plan de Desarrollo y de los planes de las entidades federativas, de los municipios y, cuando proceda, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, incorporar las recomendaciones y propuestas que reciban».

El experto plantea que en México, aunque se han firmado tratados internacionales para respetar y hacer posible el derecho a la consulta de los pueblos indígenas y afromexicanos, los cuales requieren de una ley general para que sean vinculantes.

Y agrega: «…los derechos humanos de los peticionarios están contenidos en todos los documentos que México ya ha firmado. Y ahí empieza una multiplicidad de problemas que no son menores y que sí es necesario focalizarlos para reflexionar sobre ellos y ver cómo se pueden resolver, y enfatizar la urgencia y la necesidad de tener una ley general.

»Lo primero tiene que ver con el mismo enunciado, la misma forma en la cual se enuncia el artículo segundo. Dice: “y cuando proceda”. Dentro de los protocolos que están vigentes en México se enfatiza que se debe consultar cuando hay impactos significativos, a pesar de que los documentos internacionales dicen que se debe consultar en todo aquello que afecte directamente a la vida y a la existencia de los pueblos indígenas. Entonces, ahí hay un desplazamiento.

»Es decir, el carácter vinculante y propositivo de la consulta, en realidad, en la redacción del artículo segundo de la Constitución, es casi nulo, es casi inexistente. La redacción del artículo segundo dice que se trata de levantar la opinión de los pueblos indígenas sólo para saber qué opinan sobre el tema, ¿no? Y esto pone en entredicho cuáles son las finalidades reales de la consulta. Porque si bien México se tiene que obligar al cumplimiento de los tratados en materia de derechos humanos de los que es signatario, muchas veces sucede lo que a mí se me ocurre llamarle un “desentendimiento interpretativo”».

 

 

«Desentendimiento interpretativo» de las autoridades jurídicas, en materia del derecho a la consulta

 

Karin Pedraza explica su caracterización de esta oposición entre la práctica de las autoridades en relación al derecho a la consulta de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas y los intereses de éstas; sobre todo, porque aquellas pugnan por garantizar el proceso y no el objeto de la consulta: «Cuando un pueblo exige que se le garantice este derecho a la consulta, los pueblos sí hacen este esfuerzo convencional de interpretar, de manera orgánica y convencional, los tratados internacionales en relación a las obligaciones nacionales contenidas en la Constitución y leyes locales y federales; sin embargo, parecería que esto no siempre es hecho por los órganos garantes de esta legalidad, como son los tribunales. Y este “desentendimiento” tiene que ver con que, lo que no está expresamente contenido como obligación dentro de la Constitución y las leyes locales, aunque esté en los estándares internacionales, parecería que no es directamente reconocido como obligación jurídica por ciertos tribunales. Es algo que se está combatiendo, que en la práctica se está superando, pero que genera muchos fenómenos que pueden llevar a que se desplace el mismo objeto de la consulta; es decir, parecería que lo importante, en realidad, es garantizar el proceso y no el objeto de la consulta. Esto pone en duda y se relaciona directamente con las finalidades de la consulta».

Para la CDI, en 2013, al intentar definir un protocolo su interés fue, según este disertante, «cumplir un proceso administrativo, generar un mecanismo de intercambio a partir del diálogo intercultural o, simplemente, conocer la opinión de los pueblos».

Pero ello es insuficiente para garantizar los derechos de los pueblos y comunidades en cuestión, acota, e introduce la figura de la preconsulta, como una primera fase del proceso: «A mí me parece que recibir esta opinión de los pueblos… específicamente, digamos que los objetivos de la consulta podrían ser alcanzar el consentimiento previo, libre e informado; obtener un grado razonable de acuerdos y recibir la opinión de los pueblos interesados… tendría que pensarse críticamente, porque recibir la opinión de los pueblos interesados tendría que subsumirse a un proceso de preconsulta, mientras que el ejercicio directo de la consulta tendría que estar enfocado a la búsqueda de consentimientos y de acuerdos razonables. Porque, si bien, el derecho a la consulta no es un derecho de veto, sí se tendría que significar la apertura hacia un diálogo intercultural».

 

 

Incluir para incriminar: la consulta desde la interculturalidad oficial

 

El vicio de origen del derecho a la consulta es estar concebido desde el modelo neoliberal, apunta Karin Pedraza, y recalca: «En ese sentido –y éste sería el segundo punto de tres–, lo que me interesa recalcar es la misma evolución del derecho a la consulta. De acuerdo con el colombiano César Garavito, el derecho a la consulta se debate dentro del Convenio 169 en un momento específico de la historia mundial en el que se están desmantelando los estados de bienestar, sobre todo en México, y se está dando paso a políticas de corte neoliberal, como lo es el mismo neoliberalismo, entendido de manera discursiva. Entonces, no es casual que resuene esta idea con mucha fuerza en países como México, que estaban entrando en el proceso de negociación del Tratado de Libre Comercio».

Advierte que ello implica una paradoja aparente entre lo que implica la inclusión de los pueblos para decidir y la realidad del neoliberalismo, que los sitúa en una situación de desigualdad. Y explica: «Y aquí parece que hay una paradoja, pero, en realidad no hay una paradoja, si la desglosamos y la entendemos bien: Este multiculturalismo neoliberal exige la participación de los pueblos para la toma de decisiones. Por eso, eso de desmantelamiento o de crítica y reconstrucción el proyecto indigenista post-revolucionario, de corte asistencialista y paternalista, empieza, paradójicamente a desmantelar el estado asistencialista, las políticas asistencialistas, para incluir cada vez los procesos consultivos hacia las comunidades indígenas.

»Se crean los órganos consultivos dentro del mismo Instituto Nacional Indigenista porque la política del multiculturalismo es la participación; sin embargo, aquí hay un gran problema, porque la participación, si bien siempre es algo que hay que incentivar, la participación, cuando no hay condiciones de igualdad, en realidad tiende a reproducir y ahondar en el colonialismo existente hacia las poblaciones indígenas. ¿Por qué? Porque no le reconocen las capacidades políticas al otro, su capacidad performativa de construir derecho.

»Esto es importante porque parecería que se le sugiere al otro participar para imponerse criterios de autorregulación, al mismo tiempo que no se les reconocen las condiciones de igualdad para estar en paridad en los procesos de negociación. Pero esto es fundamental porque, al final de cuentas, estos procesos neoliberales que incentivan la participación igualitaria, en forma, aunque desconozca las desigualdades reales existentes en los procesos de negociación, responsabilizan a los sujetos de sus conductas. Es decir, parecería que se le consulta a los pueblos simplemente para convencerlos de que acepten ciertos proyectos y se les responsabiliza, al mismo tiempo, de su condición y de haber tomado ciertas decisiones, lo cual, en la práctica, tiende a perpetuar la desigualdad».

De ahí se desprende una cuestión importante sobre el objetivo de la consulta para el Estado, convencer o persuadir, dice, y cuestiona: «Por eso cabría preguntarse cuál es el objetivo de las consultas: convencer o persuadir. “Convencer” significaría entablar un diálogo de negociación en términos de igualdad, por el cual se llega a acuerdos; mientras que “persuadir” significaría simplemente que el otro acepte nuestra propuesta, aunque no esté convencido de las razones. Es decir, tomar una decisión y generar acciones, aunque no corresponda a las acciones. Es muy importante, porque en la práctica con la cual se ha llevado a cabo el derecho a la consulta en México, en buena parte del mundo, esta visión multiculturalista del derecho a la consulta se ha ido transformando».

Pero muchas comunidades, asegura el especialista, no han aceptado formar parte de ese tinglado, sino que han reaccionado a través de exigir su derecho a dar su consentimiento.

Puntualiza: «De ahí que haya existido un proceso en el que diversas comunidades y pueblos se han apropiado, resimbolizado y transformado el derecho a la consulta, específicamente mediante la exigencia del derecho al consentimiento. Esas limitantes se vieron muy claras, porque el levantamiento de opinión demostró sus limitaciones frente a la construcción de un diálogo intercultural. Es decir: si de lo que se trata es de construir un diálogo intercultural, éste debe estar sustentado en el respeto y en el reconocimiento de la subjetividad política de los otros».

Alejandro Karin concluye la primera parte de su exposición con un caso concreto, el de las negociaciones en Chiapas, entre el gobierno federal y los pueblos indígenas armados, en 1994: «Voy a poner un ejemplo, que, si bien no es un caso de consulta ad-hoc, ni fue exigido como un proceso real de consulta, a mí me hace pensar mucho, por su procedimiento y sus implicaciones, en los acuerdos de San Andrés Larráinzar. Los acuerdos de San Andrés… fue una exigencia del movimiento armado, del Ejército Zapatista de Liberación Nacional, y durante los años 94, 95, 96 se hicieron mesas de diálogo, en las que los sujetos estaban en términos de igualdad; había sujetos que pertenecían a pueblos indígenas, sujetos que pertenecían al gobierno y representantes de la sociedad civil, además de la comisión de mediación e intermediación. Esto es importante porque allí se estableció una relación de reciprocidad, de respeto, y se reconoció la capacidad poiética o creadora del derecho de todos los negociantes, lo que me parece que es fundamental en el derecho a la consulta, sobre todo entendida a través de sus características: previa, libre e informada».

Remington 12

De la década de 1920.

Del 12 al 18 de octubre de 2020

#1028

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